lunes, 14 de septiembre de 2009

Convocatoria Programa de Becas de Educación Media Superior

Convocatoria Programa de Becas de Educación
Media Superior

La Secretaría de Educación Pública (SEP) invita a todos los jóvenes que cursan el bachillerato y requieren una beca para continuar
sus estudios, a que se inscriban del 31 de agosto al 30 de septiembre del año en curso al proceso de selección de beneficiarios del
Programa de Becas de Educación Media Superior.
Los estudiantes de las instituciones públicas participantes (1) que estén interesados en obtener un apoyo económico podrán
ingresar su solicitud en la página de Internet www.sep.gob.mx/becasmediasuperior, ó www.sep.gob.mx, donde encontrarán
la solicitud de inscripción al programa.

Requisitos Generales:
a) Ser de nacionalidad mexicana.
b) Ser menor de 21 años al 31 de diciembre del año en que se solicita la beca.
c) No estar recibiendo una transferencia monetaria en calidad de beca educativa a través de otro programa gubernamental.
d) Provenir de familias cuyo ingreso mensual por persona sea menor a $1,291 pesos en zona rural y $1,918 pesos en zona urbana (2).
En casos excepcionales y plenamente justificados, podrá actualizarse esta cifra o autorizarse el otorgamiento de becas a estudiantes que provengan
de familias cuyo ingreso promedio mensual per cápita sea mayor a la línea de pobreza patrimonial.
e) Llenar debidamente el formato de solicitud de beca.
Los aspirantes deberán ingresar sus datos directamente en la página de Internet www.sep.gob.mx/becasmediasuperior ó en www.sep.gob.mx.
Si cumplen con los requisitos establecidos, los candidatos serán seleccionados en función de sus necesidades económicas y el desempeño académico.
Los apoyos económicos que se concederán a los beneficiarios (que van de 500 a mil pesos) y la duración de los mismos estarán sujetos al cumplimiento
de los requisitos por parte de los estudiantes.
Los alumnos que reciban la notificación por correo electrónico de que fueron acreedores a la beca obtendrán el apoyo bimestralmente y estarán obligados a
informar sobre cualquier modificación de sus datos personales, a permitir la evaluación del programa proporcionando los datos que le sean requeridos con
veracidad y oportunidad, así como la documentación que les sea solicitada para el proceso de selección y la valoración del programa.
Por su parte, la SEP deberá aportar los recursos en forma oportuna, evaluar el programa y mejorar las normas y procedimientos de operación de forma
permanente.
A los directores de plantel les corresponderá validar que los alumnos estén inscritos en la escuela, que no hayan reprobado materias y verificar sus
calificaciones.
(1) Abarca a los alumnos de:
* Subsistemas Centralizados de la SEP: DGETI (CETIS, CBTIS), DGETA (CBTA, CBTF, CIRENA, UNCADER), DGECYTM (CETMAR, CETAC), DGB
(CEB, Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas), y DGCFT (CECATIS).
* Subsistemas Desconcentrados de la SEP: IPN e INBA.
* Subsistemas Descentralizados del Gobierno Federal: CONALEP, COLBACH y CETI Guadalajara.
* Subsistemas Descentralizados de los Estados: CECyTEs, COBACH, ICAT, EMSAD, Telebachillerato, Bachillerato Intercultural, y otros programas de
Gobiernos Estatales.
* Los sistemas de bachillerato pertenecientes a las universidades públicas.
* Subsistemas Centralizados de los Gobiernos de los Estados.- Telebachillerato, Bachillerato Integral Comunitario (BIC), Institutos Estatales de Bellas
Artes y otros programas de los Gobiernos Estatales.
* Centros de Educación Artística, especificados en las reglas de operación, y la Escuela Nacional de Ciegos.
(2) Criterio establecido por el Consejo Nacional de Evaluación (CONEVAL) a precios del 2008.

* “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa”
(Artículo 18, Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009)
México, D.F., a 31 de agosto de 2009





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